jueves, 18 de octubre de 2018

ACTIVIDAD DE CÁTEDRA DE LA PAZ

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https://youtu.be/16ykH0gK2ug



Daños ambientales causados por el conflicto armado y su posible reparación en el marco de la implementación del Acuerdo de Paz
Diciembre 19, 2017
La Asamblea General de la ONU, mediante Resolución 47/37 del 1993 se refirió a la protección del ambiente en tiempos de conflicto armado, al reconocer “que ciertos medios y métodos bélicos pueden surtir efectos desastrosos sobre el medio ambiente”.
En dicho documento expresa su preocupación por los daños al ambiente y al agotamiento de recursos naturales, incluida la destrucción de pozos y el vertimiento de petróleo al mar. Señala que el derecho internacional prohíbe estos actos y, que por tanto, tales disposiciones deben ser ampliamente difundidas. Recuerda la Declaración de Río de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo (1992), en especial su principio 24 que señala que “La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible. En consecuencia, los estados deberán respetar las disposiciones de derecho internacional que protegen al medio ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior desarrollo, según sea necesario”.
En este sentido, insta a los Estados a adoptar medidas para velar por el cumplimiento del derecho internacional aplicable a la protección del ambiente durante el conflicto armado y para que incorporen estas disposiciones en sus manuales militares, lo que llevó a la expedición de las Directrices de 1994, del Comité Internacional de la Cruz Roja —CICR—, para los manuales y las instrucciones militares sobre la protección del medio ambiente en tiempos de conflicto armado.
Posteriormente, también la Asamblea General de la ONU, declaró el 6 de noviembre como el Día Internacional para la Prevención de la Explotación del Medio Ambiente en la Guerra y los Conflictos Armados[1], teniendo en cuenta la necesidad de salvaguardar la naturaleza para las generaciones venideras y considerando que los daños causados al ambiente por los conflictos armados, siguen afectando los ecosistemas y los recursos naturales mucho después de terminado el conflicto, incluso trascendiendo a la generación actual.
Adicionalmente, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), aprobó la Resolución UNEP EA.2/RES.15 para la protección del medio ambiente en zonas afectadas por conflictos armados, expresando su profunda preocupación por los daños ambientales infligidos por determinados medios y métodos de guerra, en particular durante los conflictos armados, y reconociendo que el desarrollo sostenible y la protección del ambiente contribuyen al bienestar de las personas y al disfrute de los derechos humanos.
También “reconoce la necesidad de mitigar el impacto ambiental de las actividades de los grupos que se dedican a la delincuencia transnacional y otros grupos de delincuencia organizada, incluidos los grupos armados ilegales, así como a la explotación y el comercio ilícitos de los recursos naturales en las zonas afectadas por conflictos armados”.
Igualmente, identifica la necesidad de mitigar y reducir los efectos negativos de la degradación del medio ambiente, en situaciones de conflicto armado y con posterioridad a estos conflictos, sobre las personas en situaciones de vulnerabilidad, así como a garantizar la protección del medio ambiente en esas situaciones.
Con base en ello, “subraya la importancia decisiva de la protección del medio ambiente en todo momento, especialmente en tiempos de conflicto armado, y de su restauración después del conflicto, incluso de los efectos colaterales imprevistos de los desplazamientos humanos resultantes del conflicto armado”.
Exhorta a los Estados a aplicar el derecho internacional relativo a la protección del ambiente en situaciones de conflicto armado, incluida su legislación nacional cuando proceda, en consonancia con las obligaciones internacionales que han firmado y a prevenir, minimizar y mitigar los efectos negativos de los conflictos armados en el medio ambiente.
Impacto del conflicto armado colombiano en los derechos ambientales
Por su parte, en el punto 5 del Acuerdo de Paz, se señala expresamente que la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición es un órgano temporal (tendrá una duración de 3 años) y extra-judicial, que busca conocer la verdad de lo ocurrido, contribuir al esclarecimiento de las violaciones, promover el reconocimiento de las víctimas y de las responsabilidades de quienes participaron en el conflicto armado, así como promover la convivencia en los territorios para garantizar la no repetición. Esta Comisión tiene el mandato esclarecer y promover el reconocimiento del impacto humano y social del conflicto en la sociedad, incluyendo el impacto sobre los derechos ambientales entre otros aspectos. (5.1.1.1.2.).
A su vez, el Tribunal para la Paz como órgano de cierre de la jurisdicción especial para la paz, puede imponer un listado de sanciones que el Acuerdo señala de manera expresa. En relación con los comparecientes a la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidades que reconozcan verdad exhaustiva, detallada y plena, el Acuerdo considera que pueden presentar un proyecto, individual o colectivo, de ejecución de los trabajos, obras o actividades reparadoras y restaurativas. Entre esas sanciones, se incluyen expresamente en zonas rurales:
 Participación/ejecución de programas de protección medio ambiental de zonas de reserva y urbanas;
·     Participación/ejecución en programas de recuperación ambiental de las áreas afectadas por cultivos de uso ilícito;
·     Participación/ejecución de programas de construcción y reparación de Infraestructuras en zonas rurales, (ej. infraestructuras de municipios); entre otras.Participación/ejecución de programas de construcción y reparación de infraestructuras (ej. Infraestructuras de municipios);
·      Participación/ejecución de programas de desarrollo urbano;
·    Participación/ejecución de programas de acceso a agua potable y construcción de redes y sistemas de saneamiento.

Todas estas sanciones restauradoras y reparativas tienen relación con derechos colectivos como el del goce a un ambiente sano, el equilibrio ecológico, la prestación de servicios públicos domiciliarios, la salubridad pública y el saneamiento, el espacio público, entre otros y su implementación se debe relacionar con los mandatos relativos a esos derechos de que tratan los puntos 1 y 4 del Acuerdo de Paz[2], de manera que las obligaciones allí contenidas se armonicen para una implementación comprehensiva.
Adicionalmente, las FARC-EP se comprometen en el proceso de reincorporación integral a la vida civil para la construcción de paz a realizar acciones de contribución a la reparación por los daños causados que podrán incluir: la participación en programas de reparación del daño ambiental, como por ejemplo, reforestación; participación en obras de reconstrucción de infraestructura en los territorios más afectados por el conflicto; entre otras. (Punto 5.1.3.2.).
Conforme a lo anterior, la Defensoría del Pueblo que se encarga de velar por la efectividad de los derechos colectivos, actuando ante situaciones que los amenacen o vulneren, efectuando recomendaciones a las autoridades y los particulares, realizando estudios pertinentes, incidiendo en políticas públicas y ante instancias judiciales para su defensa, considera de la mayor importancia realizar el debido seguimiento a los temas relacionados con el esclarecimiento y reconocimiento de la verdad por el impacto sobre los derechos ambientales, así como a la reparación de daños ambientales causados con ocasión del conflicto armado.

 Autor: Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente
Defensoría del pueblo.
Taller

1. ¿Qué plantea la Asamblea General de la ONU, en relación a la protección del medio ambiente en tiempos de conflicto armado?
2. ¿Cuáles son las recomendaciones que da la ONU a los Estados?
3. ¿Qué medidas se proponen para mitigar el daño al medio ambiente ocasionado durante el conflicto armado en Colombia?
4. ¿Qué papel cumple la defensoría del pueblo en la protección del medio ambiente?
5. ¿Por qué crees que es importante el compromiso de todos en la preservación del medio ambiente?

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