PROBLEMAS AMBIENTALES A NIVEL MUNDIAL
Observa el siguiente vídeo y elabora un ensayo sobre el tema.
https://youtu.be/JSPBRG3GZDo
viernes, 2 de noviembre de 2018
POLÍTICAS PÚBLICAS EN COLOMBIA CEP DÉCIMO
vista la pagina y realiza la lectura de las páginas y responde a la pregunta
¿Según el texto cómo funcionan las políticas en Colombia?
http://www.ceppia.com.co/Documentos-tematicos/POLITCAS-PUBLICAS/Politicas-Publicas-Colombia.pdf
¿Según el texto cómo funcionan las políticas en Colombia?
http://www.ceppia.com.co/Documentos-tematicos/POLITCAS-PUBLICAS/Politicas-Publicas-Colombia.pdf
miércoles, 24 de octubre de 2018
ACTIVIDAD DE CÁTEDRA DE LA PAZ PARA NOVENO
Visita la página y responde el taller
ESTAS SON LAS DEUDAS DEL
CONGRESO Y EL GOBIERNO CON LAS VÍCTIMAS
http://pacifista.co/victimas-deudas-congreso-gobierno-reparacion/ .
TALLER
1. Según el texto cuáles son las deudas del Estado con las víctimas del conflicto armado en Colombia?
2. ¿Que piensas de un gobierno que no le está cumpliendo a las víctimas con lo pactado en el tratado de paz?
domingo, 21 de octubre de 2018
ACTIVIDAD PARA SÉPTIMOS
ACTIVIDAD 1
Copia el siguiente texto
ACTIVIDAD 2
Lee el texto y realiza el taller
Copia el siguiente texto
LA COLONIA
Luego de la conquista, la Corona española comenzó a
organizar su imperio en América, recuperando el poder sobre los territorios
descubiertos y conquistados por explotadores privados. Alcanzado este objetivo,
procedió a implantar el sistema político, económico, social y religiosos sobre
sus nuevos dominios. Este periodo se denominó la colonia.
EL CONTROL DESDE ESPAÑA.
Existieron dos instituciones españolas que trataron
asuntos concernientes a América.
-La Casa de Contratación. Fundada en 1503, quien organizaba y controlaba el tráfico
de personas, bancos y mercancías entre España y América.
-El Consejo de Indias. Creado en 1524. Este cumplía
funciones judiciales, expedía leyes para las colonias y dirimía conflictos civiles
y criminales.
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA COLONIAL
Estaba compuesta por:
-Las gobernaciones, fueron las primeras instituciones
que sirvieron para administrar y defender las regiones conquistadas.
-El virreinato. Era dirigido por un virrey, que era la
representación del rey en las colonias y que cumplía funciones administrativas
y judiciales.
-La capitanía general, cumplía funciones de control
militar en regiones apartadas, las principales fueron las de Cuba, Guatemala,
Venezuela y Chile.
-Las audiencias. Fueron los órganos más importantes
para la administración de justicia. Estaban constituidas por oidores y jueves,
quienes asesoraban al virrey en sus funciones.
ORGANIZACIÓN SOCIAL
Los españoles crearon en América una sociedad jerarquizada,
que diferenciaba a la población según su origen étnico, los principales grupos
fueron:
-Los españoles. Se encontraban en lo más alto de la
pirámide social y ocupaban -altos cargos gubernamentales y eclesiásticos.
-Los criollos. Eran los hijos de los españoles nacidos
en América. Tenían la misma situación jurídica que los españoles y disputaban
con ellos la consecución de cargos públicos.
-Los mestizos y castas. Este grupo constituía la
mayoría de la población de toda América y era multiétnico, producto de la
mezcla de los grupos étnicos que convivían desde la conquista en el continente:
Indígenas, españoles y negros africanos. Se distinguían los siguientes grupos:
Los mestizos; Unión entre indígenas y españoles.
Mulatos, unión entre españoles y negros.
Zambos, unión entre indígenas y negros.
-Los indígenas. Se hallaban vinculados al trabajo en
las minas y haciendas. Debían pagar tributos y ser adoctrinados en el
cristianismo. Estaban cobijados por leyes especiales y tenían pueblos y
comunidades propios.
-Los esclavos. Por su condición, ocupaban el último
lugar en la escala social.
ACTIVIDAD 2
Lee el texto y realiza el taller
SISTEMA LABORAL Y TRIBUTARIO EN LA
ÉPOCA COLONIAL
La esclavitud indígena fue el primer sistema laboral, pero
ante la masiva muerte de aborígenes, fue prohibida por la Corona española a
mediados del siglo XVI, a partir de entonces, para explotar la mano de obra
indígena, se crearon la encomienda y la mita.
LA ENCOMIENDA
Poco después de la Conquista, los españoles repartieron a los
indígenas en encomiendas, es decir, comunidades que eran entregadas a un
español, llamado encomendero. Los encomenderos tenían la obligación de cuidar
de los indígenas a su cargo y de enseñarles la religión católica. A cambio, los
indígenas debían pagar con tributos o con trabajo al encomendero.
Muchas veces los indígenas no alcanzaban a pagar los altos
tributos y el trabajo era exagerado. Gran cantidad de indígenas murieron, razón
por la cual según las leyes, la encomienda fue prohibida, pero siguió en la
práctica.
LA MITA
La mita era un sistema de turnos de trabajo obligatorio que
debían prestar los indígenas. Era muy mal remunerado o no recibían ningún pago.
Existieron diferentes tipos de Mita, la más conocida fue la minera. Los
indígenas trabajaron duras jornadas en la extracción del oro y la plata.
También existieron: la mita agraria dedicada al cultivo de productos en el
campo, la mita urbana que realizaba obras públicas en las ciudades y la mita
domestica para suplir las labores de los hogares españoles. La mita trajo devastadoras
consecuencias para las comunidades indígenas que se vieron desintegradas. Gran
parte de la población indígena murió por las difíciles condiciones de vida.
TRIBUTOS
El tributo se refiere a un pago que debían hacer las
comunidades indígenas a los españoles. Este tributo se pagaba con parte de lo
que producían o con mano de obra. En la época indígena esta práctica ya
existía, pero el objetivo era ayudar a la comunidad. En cambio, durante la
colonia fue una forma para que los españoles se enriquecieran con el trabajo de
los indígenas.
Taller
1. ¿Por qué los españoles abolieron la
esclavitud indígena?
2. ¿Cuál era la
función de la encomienda?
3. ¿Por qué a pesar
de que la encomienda fue prohibida se
continuaba practicando?
4. ¿En qué consistía la mita y que tipos de
mitas se practicaban?
5. ¿Cuál consideras
que es la relación entre los tributos de la época colonial con los impuestos
actuales?
6. Elabora un texto sobre el sufrimiento de los indígenas por los
abusos que cometían los españoles contra ellos.
jueves, 18 de octubre de 2018
ACTIVIDAD CÁTEDRA DE LA PAZ DÉCIMOS
Realiza el siguiente taller
DERECHO ALA PAZ EN LA TRANSICIÓN DE
UN CONFLICTO ARMADO A UNA SOCIEDAD SIN
VIOLENCIA ARMADA
El derecho a la verdad: “las víctimas y los
perjudicados por graves violaciones de
derechos humanos tienen
el derecho inalienable a saber la verdad de lo ocurrido; este derecho se
encuentra en cabeza de las víctimas, de sus familiares y de la sociedad en su
conjunto, y por tanto apareja una dimensión individual y una colectiva; la
dimensión individual del derecho a la verdad implica que las víctimas
y sus familiares
conozcan la verdad sobre los hechos, los responsables y las consecuencias de lo
sucedido…” “la dimensión colectiva del derecho a la verdad, por su parte,
significa que la sociedad debe conocer la realidad de lo sucedido, su propia
historia, la posibilidad de elaborar un relato colectivo a través de la
divulgación pública de los resultados de las investigaciones, e implica la
obligación de contar con una “memoria pública” sobre los resultados de estas
investigaciones sobre graves violaciones de derechos humanos”.
Derecho a la justicia: La Justicia es la
articulación de la verdad con la recuperación de la dignidad personal de las
víctimas; por lo que aquí se busca la penalización judicial de los autores de
las violaciones de los Derechos Humanos.
Es obligación del Estado de prevenir las graves
violaciones de derechos humanos, la obligación de luchar contra la impunidad,
de establecer mecanismos de acceso ágil, oportuno, pronto y eficaz a la
justicia para la protección judicial efectiva de los derechos de las víctimas
de delitos; el deber de investigar, procesar y sancionar judicialmente a los
responsables de graves violaciones de derechos humanos; el respeto del debido
proceso; la importancia de la participación de las víctimas dentro del proceso
penal”.
Derecho a la reparación
integral:
La reparación es un derecho individual y colectivo, porque la comunidad tiene
derecho como titular de aquel bien jurídico tutelado vulnerado por el crimen contra
la humanidad. Y, además es integral,
lo que supone
restitución, indemnización y rehabilitación de las víctimas. La reparación supone
la restitución en la medida de lo posible al estado anterior al delito, la
indemnización y la rehabilitación de las víctimas, como por ejemplo medidas de
apoyo psicológico a las víctimas de la tortura.
Derecho a la no
repetición:
Entre la satisfacción y las garantías de no repetición se incluyen varias
medidas que apuntan a una reparación simbólica y otras orientadas a la
prevención de violaciones, construyendo las condiciones para
evitar la repetición de las mismas. En
síntesis, se plantea el deber del Estado de “adoptar medidas adecuadas para que
las víctimas no puedan volver a ser objeto de violaciones que vulneren su
dignidad”. Entre ellas figuran:
-La cesación de las violaciones.
- La verificación de los hechos y la
publicidad de la verdad.
-La declaración oficial o la decisión
judicial de reparación de la dignidad, de
-La reputación y de otros derechos de
las víctimas.
-La disculpa y el reconocimiento público
de los hechos y de las responsabilidades.
-Las conmemoraciones y los homenajes a
las víctimas;
- La enseñanza y la difusión de la
verdad histórica.
Reparación Integral y restablecimiento del equilibrio y la
armonía de los pueblos indígenas. El concepto de
reparación integral para los pueblos indígenas, individual y colectivamente
considerados, se entenderá como el restablecimiento del equilibrio y la armonía
de los pueblos, vulnerados históricamente en sus dimensiones material e
inmaterial.
De la dimensión
inmaterial forman parte los fundamentos espirituales, culturales, ancestrales y
cosmogónicos, entre otros. Dicho restablecimiento se entenderá como un proceso
que incorpora un conjunto de medidas y acciones transformadoras, justas y
adecuadas dirigidas a fortalecer la autodeterminación y
las instituciones
propias, garantizar el goce efectivo de los derechos territoriales y el
restablecimiento de los mismos, en caso de que hayan sido vulnerados, e implementar
medidas de indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no
repetición. Los derechos a la justicia y a la verdad hacen parte de la
reparación
integral de las
víctimas.
Taller
1. Elabore un resumen
del texto en el cuaderno.
2. ¿Por qué crees que
es importante que se hagan efectivos los derechos de las víctimas en Colombia?
3. Proponga otras
medidas que puedan servir para reparar a las víctimas del conflicto armado.
4. ¿Cómo podemos
contribuir todos a la reparación integral de las víctimas?
ACTIVIDAD DE CÁTEDRA DE LA PAZ
Observa el vídeo y realiza el taller
https://youtu.be/16ykH0gK2ug
https://youtu.be/16ykH0gK2ug
Daños ambientales causados por el conflicto armado
y su posible reparación en el marco de la implementación del Acuerdo de Paz
Diciembre
19, 2017
La
Asamblea General de la ONU, mediante Resolución 47/37 del 1993 se refirió a la
protección del ambiente en tiempos de conflicto armado, al reconocer “que
ciertos medios y métodos bélicos pueden surtir efectos desastrosos sobre el
medio ambiente”.
En dicho
documento expresa su preocupación por los daños al ambiente y al agotamiento de
recursos naturales, incluida la destrucción de pozos y el vertimiento de
petróleo al mar. Señala que el derecho internacional prohíbe estos actos y, que
por tanto, tales disposiciones deben ser ampliamente difundidas. Recuerda la
Declaración de Río de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo (1992), en
especial su principio 24 que señala que “La guerra es, por definición,
enemiga del desarrollo sostenible. En consecuencia, los estados deberán
respetar las disposiciones de derecho internacional que protegen al medio
ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior desarrollo,
según sea necesario”.
En este
sentido, insta a los Estados a adoptar medidas para velar por el cumplimiento
del derecho internacional aplicable a la protección del ambiente durante el
conflicto armado y para que incorporen estas disposiciones en sus manuales
militares, lo que llevó a la expedición de las Directrices de 1994, del Comité
Internacional de la Cruz Roja —CICR—, para los manuales y las instrucciones
militares sobre la protección del medio ambiente en tiempos de conflicto
armado.
Posteriormente,
también la Asamblea General de la ONU, declaró el 6 de noviembre como el Día
Internacional para la Prevención de la Explotación del Medio Ambiente en la
Guerra y los Conflictos Armados[1],
teniendo en cuenta la necesidad de salvaguardar la naturaleza para las
generaciones venideras y considerando que los daños causados al ambiente por
los conflictos armados, siguen afectando los ecosistemas y los recursos
naturales mucho después de terminado el conflicto, incluso trascendiendo a la
generación actual.
Adicionalmente,
el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), aprobó la
Resolución UNEP EA.2/RES.15 para la protección del medio ambiente en zonas
afectadas por conflictos armados, expresando su profunda preocupación por los
daños ambientales infligidos por determinados medios y métodos de guerra, en
particular durante los conflictos armados, y reconociendo que el desarrollo
sostenible y la protección del ambiente contribuyen al bienestar de las
personas y al disfrute de los derechos humanos.
También “reconoce
la necesidad de mitigar el impacto ambiental de las actividades de los
grupos que se dedican a la delincuencia transnacional y otros grupos de
delincuencia organizada, incluidos los grupos armados ilegales, así como a la
explotación y el comercio ilícitos de los recursos naturales en las zonas
afectadas por conflictos armados”.
Igualmente,
identifica la necesidad de mitigar y reducir los efectos negativos de la
degradación del medio ambiente, en situaciones de conflicto armado y con
posterioridad a estos conflictos, sobre las personas en situaciones de
vulnerabilidad, así como a garantizar la protección del medio ambiente en esas
situaciones.
Con base
en ello, “subraya la importancia decisiva de la protección del medio
ambiente en todo momento, especialmente en tiempos de conflicto armado, y de su
restauración después del conflicto, incluso de los efectos colaterales
imprevistos de los desplazamientos humanos resultantes del conflicto armado”.
Exhorta a
los Estados a aplicar el derecho internacional relativo a la protección del
ambiente en situaciones de conflicto armado, incluida su legislación nacional
cuando proceda, en consonancia con las obligaciones internacionales que han
firmado y a prevenir, minimizar y mitigar los efectos negativos de los
conflictos armados en el medio ambiente.
Impacto
del conflicto armado colombiano en los derechos ambientales
Por su
parte, en el punto 5 del Acuerdo de Paz, se señala expresamente que la Comisión
para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición es un
órgano temporal (tendrá una duración de 3 años) y extra-judicial, que busca
conocer la verdad de lo ocurrido, contribuir al esclarecimiento de las
violaciones, promover el reconocimiento de las víctimas y de las
responsabilidades de quienes participaron en el conflicto armado, así como
promover la convivencia en los territorios para garantizar la no repetición.
Esta Comisión tiene el mandato esclarecer y promover el reconocimiento del
impacto humano y social del conflicto en la sociedad, incluyendo el impacto
sobre los derechos ambientales entre otros aspectos. (5.1.1.1.2.).
A su vez,
el Tribunal para la Paz como órgano de cierre de la jurisdicción especial para
la paz, puede imponer un listado de sanciones que el Acuerdo señala de manera
expresa. En relación con los comparecientes a la Sala de Reconocimiento de
Verdad y Responsabilidades que reconozcan verdad exhaustiva, detallada y plena,
el Acuerdo considera que pueden presentar un proyecto, individual o colectivo,
de ejecución de los trabajos, obras o actividades reparadoras y restaurativas.
Entre esas sanciones, se incluyen expresamente en zonas rurales:
Participación/ejecución
de programas de protección medio ambiental de zonas de reserva y urbanas;
· Participación/ejecución en programas de recuperación ambiental de las
áreas afectadas por cultivos de uso ilícito;
· Participación/ejecución
de programas de construcción y reparación de Infraestructuras en zonas rurales,
(ej. infraestructuras de municipios); entre otras.Participación/ejecución de
programas de construcción y reparación de infraestructuras (ej.
Infraestructuras de municipios);
· Participación/ejecución
de programas de desarrollo urbano;
· Participación/ejecución de programas de acceso a agua potable y
construcción de redes y sistemas de saneamiento.
Todas
estas sanciones restauradoras y reparativas tienen relación con derechos
colectivos como el del goce a un ambiente sano, el equilibrio ecológico, la
prestación de servicios públicos domiciliarios, la salubridad pública y el saneamiento,
el espacio público, entre otros y su implementación se debe relacionar con los
mandatos relativos a esos derechos de que tratan los puntos 1 y 4 del Acuerdo
de Paz[2],
de manera que las obligaciones allí contenidas se armonicen para una
implementación comprehensiva.
Adicionalmente,
las FARC-EP se comprometen en el proceso de reincorporación integral a la vida
civil para la construcción de paz a realizar acciones de contribución a la
reparación por los daños causados que podrán incluir: la participación
en programas de reparación del daño ambiental, como por ejemplo, reforestación;
participación en obras de reconstrucción de infraestructura en los territorios
más afectados por el conflicto; entre otras. (Punto 5.1.3.2.).
Conforme
a lo anterior, la Defensoría del Pueblo que se encarga de velar por la efectividad
de los derechos colectivos, actuando ante situaciones que los amenacen o
vulneren, efectuando recomendaciones a las autoridades y los particulares,
realizando estudios pertinentes, incidiendo en políticas públicas y ante
instancias judiciales para su defensa, considera de la mayor importancia
realizar el debido seguimiento a los temas relacionados con el esclarecimiento
y reconocimiento de la verdad por el impacto sobre los derechos ambientales,
así como a la reparación de daños ambientales causados con ocasión del
conflicto armado.
Autor:
Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente
Defensoría del pueblo.
Defensoría del pueblo.
Taller
1. ¿Qué
plantea la Asamblea General de la ONU, en relación a la protección del medio
ambiente en tiempos de conflicto armado?
2. ¿Cuáles
son las recomendaciones que da la ONU a los Estados?
3. ¿Qué
medidas se proponen para mitigar el daño al medio ambiente ocasionado durante
el conflicto armado en Colombia?
4. ¿Qué
papel cumple la defensoría del pueblo en la protección del medio ambiente?
5. ¿Por
qué crees que es importante el compromiso de todos en la preservación del medio
ambiente?
jueves, 4 de octubre de 2018
ACTIVIDAD PARA SÉPTIMOS DIAPOSITIVAS SOBRE LA CONQUISTA DE LOS GRANDES IMPERIOS AMÉRICANOS
DIAPOSITIVAS SOBRE LA CONQUISTA DE LOS GRANDES IMPERIOS AMERICANOS
Observa las diapositivas y realiza las actividades.
https://drive.google.com/file/d/178njaN8OFTDraMLoELISzxAD7-Ehz69g/view?usp=sharing
Observa las diapositivas y realiza las actividades.
https://drive.google.com/file/d/178njaN8OFTDraMLoELISzxAD7-Ehz69g/view?usp=sharing
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